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Martinus responde

Obre la fecundación, el aura de los seres desencarnados, el asesinato del embrión/feto


Pregunta
Cuando se une el espíritu desencarnado al embrión/feto en el útero de la madre en el que tiene que encarnarse. ¿Tiene lugar inmediatamente con la fecundación tras el coito, o sólo tiene lugar a los tres meses, como algunos opinan?

Respuesta
Para que, en resumidas cuentas, pueda tener lugar la fecundación, y con ella  se inicie la creación de un embrión en la zona de los seres unipolares, las vibraciones (el aura) de un ser desencarnado tienen que entrar en contacto con las vibraciones de la sensación de bienaventuranza o placer que culminan con la realización del coito normal entre dos seres de sexo contrario. Resulta que esta sensación de placer y el aura del ser desencarnado son de la misma clase. Esto significa, a su vez, que la culminación de placer del coito de una pareja física en su momento culminante tiene la misma aura que un ser de bienaventuranza desencarnado que tiene la madurez necesaria para poderse encarnar de nuevo en un organismo físico. Y donde el aura de un ser desencarnado así tiene exactamente la misma longitud de onda o naturaleza individual que el aura común de las dos partes del coito en el momento de la práctica natural de dicho coito, esta aura común establece una relación químico-psíquica con el aura del ser desencarnado. Esta relación se enraíza en el semen masculino, que en el coito es introducido en los órganos sexuales femeninos, y en la consiguiente fecundación e incipiente creación de embrión que tiene lugar. Por medio de este enraizamiento de su aura en la creación del embrión, el ser desencarnado, en conexión con la fuerza orgánica que se desencadena a través del útero, en el que se encuentra el embrión, vivifica la posterior evolución y creación del embrión/feto. Los talentos del ser desencarnado, entrenados en vidas anteriores, serán aquí decisivos y formarán el nuevo organismo perfecto o imperfecto según la perfección o imperfección de dichos talentos.

Como el embrión está, de este modo, animado por el espíritu de quien es su origen y con ello, por el yo de este espíritu, es por lo tanto “un ser vivo” desde su primer inicio como embrión en el útero de la madre. Y cualquier atentado contra este embrión, tanto la aniquilación parcial como total de sus posibilidades de posterior evolución y crecimiento en el útero, se puede considerar como homicidio o asesinato, del mismo modo que lo habría sido si esto se hubiera hecho contra un ser vivo que ya había nacido.

Publicado por primera vez en la Carta de contacto 1950/15, página 38-39

© Martinus Institut 1981
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